jueves, 19 de abril de 2007

Entre el Derecho y la demagogia está el debate

Poco o nada ya se debería decir sobre lo conveniente o no de una asamblea constituyente o sobre el estatuto que la normará, pues ambos ya fueron aprobados por los ecuatorianos. Ahora bien, así las cosas, ahora debemos enfocarnos en discernir sobre el producto final que esperamos resulte de dicha asamblea. Los ecuatorianos han puesto muchas esperanzas en este proceso y es responsabilidad de todos encauzar un debate que brinde las herramientas suficientes para tomar las mejores decisiones, ya que de esto dependen los resultados económicos, políticos y sociales de los próximos años. Cuidado nos pasa lo que a los venezolanos, que en su proceso constituyente de 1999, al final y sin mediar mayor debate por la presión del gobierno (según Allan Brewer-Carías duró apenas un mes), lo que obtuvieron fue un articulado constitucional que no dejó de ser un “agregado de buenas intenciones, deseos y peticiones” en un texto de casi 800 artículos, que poco tenía que ofrecer como marco eficiente para el desarrollo social y económico. La confusión puede ser enorme, pues se puede creer que, por construir en la constitución el paraíso utópico de Sir Thomas Moore, nuestra realidad de pobreza va a cambiar. De ahí la importancia de debatir ideas desde diversas posiciones y establecer nexos causales entre el Derecho y el bienestar general. “El entorno jurídico, no la raza, ni la religión, ni el tiempo, es el ingrediente social que marcó durante el siglo XX las grandes diferencias entre el crecimiento de los Estados Unidos de América y los demás países de Iberoamérica” señala el economista mexicano Luis Pazos. Entonces, la pregunta es: ¿Qué características debe tener dicho entorno jurídico para generar bienestar para TODOS? Y la respuesta la encontramos en los maestros de la Democracia Moderna, entre los que podemos citar a: Frederic Bastiat, Montesquieu, David Hume, Friedrich von Hayek, Guillermo de Humboldt, John Locke, Tocqueville, James Madison, John Stuart Mill, Voltaire. En sus textos podemos encontrar las reflexiones más sesudas sobre las reglas eficientes de convivencia en una sociedad. Y lo que nos dicen estos grandes pensadores es que un marco jurídico eficiente se basa en lo que se ha denominado “Estado de Derecho”. Y no hay que confundir legalidad con Estado de Derecho, ya que por ejemplo, si la Ley le otorgara al gobernante la facultad de actuar a su antojo, los actos de dicho gobernante serían legales pero no estarían enmarcados en el Estado de Derecho. El Estado de Derecho se basa en los derechos fundamentales, anteriores al Estado, vida, propiedad y libertad. En el Estado de Derecho la Ley se usa como una limitación al poder del Estado y no como herramienta para otorgar privilegios a grupos de poder o individuos. Las características que debe tener la Ley según los principios del Estado de Derecho son: 1. La Ley debe ser general. Esto quiere decir que la Ley se aplica a todos sin excepción, y el todos incluye a los gobernantes. En este sentido la Ley se entiende como un conjunto de reglas abstractas imparciales. 2. La Ley debe ser igual. Esto significa que la Ley no se usa para otorgar privilegios, ni a grupos, ni a personas, ni a regiones. 3. La Ley debe ser clara. Esto es que las reglas se establecen para el largo plazo y deben ser ampliamente aceptadas y respetadas. 4. La Ley debe ser justa. En el sentido conmutativo de la palabra no en el distributivo. “La justicia conmutativa no es otra que el precepto de oro: No hagas a los demás lo que no quieres que los demás te hagan a ti”.
En estos temas debemos centrar el debate de ahora en adelante. Siempre debemos tener presente que lo que nos diferencia de los países desarrollados es que allá existe Estado de Derecho que contiene los desbordes de poder de sus demagogos y como bien señaló Benjamín Constant “la voluntad de todo un pueblo no puede hacer justo lo que es injusto”.


* Publicado por Diario El Telégrafo, Guayaquil - Ecuador. Abril 20 de 2007.

Link: http://www.eltelegrafo.com.ec/ShowArticle.aspx?ID=8508

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